25.02.2026

Entra en vigor el Convenio de Beijing sobre los Efectos Internacionales de las Ventas Judiciales de Buques

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Por Albors Galiano Portales

🏛️ Hoy, 17 de febrero de 2026, tras cumplirse el requisito de ratificación por al menos tres Estados parte, entra en vigor la Convención de las Naciones Unidas sobre los Efectos Internacionales de las Ventas Judiciales de Buques (conocido como Convenio de Beijing). España se encuentra entre los Estados que han ratificado el Convenio, tras depositar su instrumento de ratificación el 21 de agosto de 2025. No obstante, al no haberse publicado dicho Convenio en el Boletín Oficial del Estado, no resultará todavía aplicable. Muy probablemente será publicado tan pronto como la UE lo autorice, ya que algunos de sus preceptos entran en el ámbito de sus competencias.

Este Convenio, que culmina los esfuerzos y trabajos previos realizados por el Comité Marítimo Internacional, fue elaborado por el Grupo VI de UNCITRAL y adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 7 de diciembre de 2022. El Convenio establece un régimen jurídico armonizado para los efectos internacionales de las ventas judiciales de buques que confieren un título de propiedad “limpio” (libre de cargas y gravámenes) al nuevo comprador, con la emisión del Certificado de venta judicial por el órgano judicial competente. Certificado, emitido electrónicamente bajo la infraestructura de la OMI, y que será automáticamente reconocido por las autoridades de todos los Estados parte. El Convenio regula, además, el reconocimiento transfronterizo de dichas ventas, la obligación de los registros para cancelar la matrícula del buque a favor del adquirente, causar el alta en nuevo registro, así como la prohibición de embargar el buque por créditos anteriores a la venta judicial. Se espera que el impacto de este Convenio acabe con los precios bajos de subasta en la venta judicial de buques, creando un escenario de seguridad jurídica para compradores y para la industria financiera.